Casi todo lo que se habla o escribe sobre superdotados es sobre niños, poco sobre adolescentes y casi nada sobre adultos. ¿Y sobre ancianos? Nada.
Hace ya tiempo que pienso en cómo debe ser hacerse mayor siendo superdotado… y ver este artículo sobre el maltrato en la vejez me ha ayudado a decidirme a escribir algo, aunque sólo sea para despertar nuestra conciencia y hacernos reflexionar, sobre los ancianos superdotados y sobre los ancianos en general. Todos llegaremos, no hagas a los demás lo que no quieras para ti.
<“La muerte de un anciano es como una biblioteca que se quema”. Una persona mayor no solamente acumula años de vida, sino múltiples experiencias dónde ha encontrado opciones para solucionar los problemas que tuvo y que los jóvenes siguen presentando, y ha aprendido a separase de situaciones en las que no había solución>.
Si el superdotado percibe más, analiza más, cuestiona más, siente más… de niño, de adolescente… de viejo también, ¿no?
Voy a recuperar del artículo citado algunos de los derechos que proponen para fomentar el buen trato a las personas de tercera edad. La verdad es que, por un lado, sorprende que haya que pedirlos, y por otro, por mucho que sorprenda hay que pedirlos porque son derechos que realmente casi siempre se niega a nuestros mayores. Pero ¿por qué lo hacemos? Dejemos de hacerlo, es una gran falta de respeto y falta a su dignidad. Respetemos sus derechos que, al fin y al cabo, tampoco son para tanto, sólo son como los de cualquiera.
«Derecho a decidir: La persona mayor posee este derecho, hay que evitar que otros decidan por el o por ella, aunque a veces la decisión que se tome sea contraria a lo que piensa la mayoría de las personas que puedan convivir y amar al mayor. Decidir es un principio y un derecho, no una elección que dependa de un tercero.
Derecho a opinar: La persona mayor se ha ganado en su vida algo tan elemental como el derecho a poder emitir una opinión y a que esta tenga el mismo peso que el de otros miembros de su ámbito social, familiar o comunitario.
Derecho a aprender: La edad no es una limitación para el aprendizaje, mantener el deseo de aprender es una fortaleza que muestra curiosidad por el mundo que le rodea, ilusión y motivación para seguir con ello hasta el final del camino emprendido con el nacimiento.
Derecho a enamorarse: Nadie tiene el control absoluto sobre sus emociones, sobre su vida. La persona mayor tiene derecho a volver a amar incluso cuando haya enviudado, sin sentirse enjuiciado, sin sentirse culpable por el mero hecho de amar.
Derecho a expresar las emociones y los sentimientos. Sin que se corte su expresión emocional, sin que se devalúen sus sentimientos, sin que se infravalore su sufrimiento.
Derecho a acceder a las nuevas tecnologías: Ser integrado y formado en las mismas y es una obligación del estado el facilitar el acceso de las mismas a las personas mayores, participando de la accesibilidad y teniendo por lo tanto en cuenta las posibles dificultades sensoriales, de acceso y de utilización.
Derecho a disfrutar de su sexualidad: Sin ser enjuiciado o criticado, a vivirla igual que el resto de los seres humanos libre y sanamente, solo o en pareja como la persona mayor decida, incluso cuando viva en un centro residencial.
Derecho a decidir sobre su muerte: Y a que su voluntad mediante la elaboración de un testamento vital sea respetada en caso de pérdida de las facultades intelectuales fruto de alguna demencia o de otros problemas neurodegenerativos o vasculares.
Derecho a preservar la identidad personal y la dignidad: Es el derecho a la libertad, a la autonomía, a tener un trato acorde a su historia de vida, a ser respetado en las decisiones, a que se le de la información sobre el estado de salud y decidir que hace con ella, en definitiva derecho a ser tratado de tu y de usted.
Derecho a no ser tratado de manera infantil: Respecto a situaciones como el ser hablado demasiado lento como si no fuera capaz de comprender lo que se le está diciendo, hablar excesivamente con el volumen muy alto por que se da por sentado que se está sordo, utilizar frases y vocabulario infantil “mi amor”, “cielo”, “cariño”, apodos (“buen/a chico/a”), término anciano/a, abuelo/a, abuelillo/a, “mis niños”, uso de tuteo sin permiso de la persona mayor
Derecho a la libertad de horario en el caso de vivir en una residencia: Es algo básico poder elegir la hora a la que uno se acuesta, a la que uno se levanta, a la que uno se ducha, aspectos elementales en la vida de una persona se vuelven extraordinarios por el mero hecho de ser mayor y vivir institucionalizado.
Derecho a la intimidad (higiene, soledad, sexo, etc.). No pasar en sus espacios privados sin llamar, ni utilizar las llaves del domicilio familiar aunque se sea familiar directo, no abrir sus cartas recibidas por correo postal o acceder a sus enseres personales. Este derecho está especialmente vulnerado en las residencias de personas mayores donde hay que tener en cuenta que las puertas están para ser cerradas sobre todo cuando la persona tiene algún problema cognitivo.
Derecho a tener el control: Las personas mayores deben tener control sobre sus pertenencias, cartilla bancaria, correspondencia, teléfono, pensión. Ellos son autosuficientes para decir cómo quieren gestionarlas y qué quieren hacer con ellas. Pueden decidir en qué gastar su dinero y esta decisión debe ser respetada en todo momento aunque no se esté de acuerdo con ella.
Derecho a no ser sujetado: Mediante elementos de fijación en caso de tener algún tipo de demencia, este tipo de elementos generan fuerte sensación de malestar y multitud de efectos negativos sobre la salud física y psicológica.
Derecho a no ser polimedicado: A una evaluación competente por parte del profesional sanitario adecuado, a recibir el tratamiento menos invasivo, a que no se acumulen fármacos innecesarios, a no tener efectos secundarios que alteren las capacidades funcionales de la vida diaria como consecuencia del abuso de los fármacos».
Derechos hasta el final.